LA PENSIÓN DE VIUDEDAD: REQUISITOS PARA ACCEDER A ELLA EN 2022

31 de octubre de 2022
El adiós de un ser querido no es un trance agradable para nadie. En el caso de los matrimonios muchas veces la pérdida puede significar además la pérdida de la capacidad económica del viudo o viuda. Para evitar esas situaciones surgió la figura de la pensión de viudedad. Una protección con unos antecedentes históricos muy llamativos, que nos situarán en los derechos y en las características actuales.

Origen de la pensión de viudedad

Cuando uno se inicia en el estudio del derecho, se da cuenta de la importancia de una asignatura que aparece en el programa en los primeros cursos. Dicha materia es Derecho Romano. Y es que a la cultura romana debemos gran parte del origen y la explicación de muchas de las situaciones y regulaciones de nuestro ordenamiento.

En tiempos de los romanos ya se protegía a las viudas y a los huérfanos. Los Collegia y Sodalitia eran dos asociaciones que asignaban ciertas cantidades para las personas que perdieron a sus familiares y vieron reducidos los recursos o las capacidades económicas. Durante la Edad Media, fue la Iglesia y las mutualidades las que gestionaron todo el tema de las ayudas para esas personas desprotegidas.

La Constitución Española de 1978 en su artículo 41 ya establece a los poderes públicos la obligación de «mantener un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad...». En el caso del fallecimiento de la pareja trabajadora está clara esa disminución de los recursos familiares.

Previamente en 1955 ya se recogió la pensión de viudedad aunque con unos requisitos muy exigentes que dejaban fuera de protección a un buen número de viudas. Para poder cobrar toda la prestación la viuda debía tener mínimo 65 años en el momento de la muerte de su marido y haber contraído matrimonio con el fallecido al menos 10 años antes. Una decada más tarde la pensión de viudedad se establece ya como un derecho pleno, aunque siguen existiendo una serie de requisitos.

Recientemente se aumentó el porcentaje aplicable a la base reguladora al 60%, estableciendo que puede llegar al 70% en determinadas circunstancias. Te explicamos a continuación todo lo que hay que saber sobre la pensión de viudedad y los requisitos para acceder a ella.

Los requisitos para cobrar la pensión de viudedad en 2022

La pensión de viudedad es una pensión contributiva, que tiene por objeto proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de la persona que origina la prestación.

Los beneficiarios de esta pensión son aquellas personas que han tenido vínculo matrimonial o han sido pareja de hecho del fallecido: cónyuges, separados, divorciados e incluso personas cuyo matrimonio fue declarado nulo y las parejas de hecho en el momento del fallecimiento, todas pueden llegar a ser beneficiarios de la pensión si cumplen una serie de características o requisitos.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la pensión de viudedad?

Veamos cuáles son los requisitos para acceder a la pensión de viudedad tanto por parte del cónyuge superviviente como por el lado del fallecido.

Requisitos que debe cumplir el cónyuge superviviente

Para acceder a la pensión de viudedad el cónyuge superviviente deberá acreditar uno de los siguientes requisitos:

  • Que existan hijos comunes.
  • Que el matrimonio se hubiera celebrado con un año de antelación al fallecimiento. No se exigirá dicha duración del vínculo matrimonial, cuando en la fecha de celebración del mismo se acreditara un periodo de convivencia con el causante como pareja de hecho que, sumado al de duración del matrimonio, hubiera superado los dos años.

Cuando el cónyuge no acredite uno de estos requisitos, podrá acceder a una prestación temporal de viudedad, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos.

Estos requisitos se pueden resumir en que podrán acceder a la pensión los mayores de 65 años de edad que no perciban otra pensión pública, no cuentan con ingresos propios, ni cuentan con otras rentas. Estas personas pueden acceder al 60%. Además, deben demostrar no tener ningún tipo de actividad económica que supere los 7.569,00 euros/año. Existen otra serie de requisitos que varían en función de la fecha de fallecimiento.

Requisitos para generar la pensión de viudedad

Nos referimos aquí a los requisitos que debe cumplir el fallecido para generar el derecho o pensión en su pareja. Las personas fallecidas deben reunir ciertas características en el momento de su muerte. Las características exigidas para generar pensión de viudedad, varían en función de la situación del trabajador. A modo resumen:

  1. Las personas integradas en el Régimen General de Seguridad Social, afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta, que reúnan el período mínimo de cotización exigido. Cuando la muerte se debe a enfermedades comunes este período es de 500 días dentro de un período ininterrumpido de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento o a la fecha en que cesó la obligación de cotizar, si el causante se encontrase en situación de alta o asimilada sin obligación de cotizar. Si el fallecimiento fuera por accidente (laboral o no) o por enfermedad profesional, no se exige ningún período previo de cotización.
  2. Las personas que, en la fecha del fallecimiento, «no se encuentren» en alta o en situación asimilada a la de alta, causarán derecho a pensión siempre que reúnan un período mínimo de cotización de 15 años.
  3. Los perceptores de los subsidios de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural, que cumplan el período de cotización que, en su caso, esté establecido.
  4. Los pensionistas de jubilación en su modalidad contributiva.
  5. Los pensionistas de incapacidad permanente.
  6. Los trabajadores que hubieran cesado en su trabajo con derecho a pensión de jubilación en su modalidad contributiva y falleciesen sin haberla solicitado.
  7. Los trabajadores desaparecidos con ocasión de un accidente, sea o no laboral, en circunstancias que hagan presumible su muerte.
  8. Los trabajadores con derecho a pensión por incapacidad permanente total que optaron por la indemnización especial a tanto alzado a favor de los menores de 60 años.

La pensión de viudedad tras el divorcio y segundas nupcias

La ley establece qué sucede con la pensión de viudedad en caso de divorcio, segundas nupcias, matrimonio nulo e incluso víctimas de violencia de género…. y otra serie de circunstancias personales. Dependiendo de la fecha del fallecimiento o de la separación el acceso a la pensión de viudedad exige una serie de requisitos, que conviene analizar.

El cálculo de la pensión de viudedad

La prestación económica que se recibe por pensión de viudedad es, por norma general, del 60% de la base reguladora que correspondería al causante de la pensión. Esta cuantía se puede ampliar al 70 % de la base reguladora siempre que se cumplan unos requisitos que habría que poner.

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