INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE EN 2022

7 de abril de 2022
Cuando un empresario no cumple con los requisitos legales o formales o se declara la inexistencia de un motivo que justifique un despido un juez puede declarar como improcedente el mismo. De este primer acercamiento ya tenemos varios puntos importantes sobre el tema. En primer lugar debe ser un juez el que califique un despido como improcedente. En segundo lugar los motivos para que el juez valore como improcedente un despido pueden ser errores formales o errores de calificación o de consideración. El juez al valorar los hechos y las causas, evaluará si el despido se ajusta o no a Derecho o si las circunstancias que alega el empresario son suficientes y objetivas. Si no se acreditan las causas o no se cumplen las exigencias formales estamos ante un caso de despido improcedente. Es importante conocer la calificación de un despido ya que las indemnizaciones a que tienen derecho los trabajadores varían en función del tipo de despido. Además en el supuesto de un despido improcedente también es necesario saber que la indemnización va a variar en función del sueldo diario y la antigüedad del trabajador en la empresa.

Indemnizaciones por despido improcedente

Ya hemos hecho mención al hecho de que la legislación española establece que un trabajador solo puede ser despedido en caso de darse ciertas razones objetivas. En caso contrario, podemos encontrarnos ante un despido improcedente. Serán los jueces los encargados de calificar los despidos.

¿Qué es un despido improcedente?

Se consideran como despidos improcedentes aquellos en los que el empresario no justifica como corresponde la decisión de romper de manera unilateral la relación laboral que tiene con un empleado. Serán improcedentes los despidos que no se ajustan a derecho, como pueden ser los injustificados o discriminatorios siempre que así los califique un juez del orden social.

La ley es muy estricta a la hora de fijar causas que permitan a una empresa rescindir unilateralmente un contrato de trabajo con un profesional. Se ha legislado intentando proteger a la figura más vulnerable de la relación que es el trabajador. Cuando no quede acreditado el incumplimiento que se alega para el despido o cuando no se hubieren cumplido las exigencias formales establecidas en un despido disciplinario o en el caso de despido objetivo cuando no se acredite las causas objetivas legalmente procedentes, un juez podrá calificar como improcedente el despido.

Cuando un trabajador recibe una carta de despido y no está de acuerdo deberá presentar una papeleta de conciliación y si no se llega a un acuerdo en el acto de conciliación laboral, se deberá impugnar el despido ante el orden social para ser calificado de improcedente.

Causas del despido improcedente

Ya hemos mencionado que las principales causas que llevan a los jueces a calificar como improcedente un despido son el incumplimiento de las exigencias formales establecidas o la no acreditación de una causa legal procedente en el supuesto de los despidos por causas objetivas.

Cuando quedan acreditadas las causas alegadas por el empresario o la certeza de las causas objetivas estamos ante un caso de despido procedente. En este caso el trabajador hace suya la indemnización de veinte días por año de servicio, con un máximo de doce mensualidades que la empresa le entregó en el momento del despido o que deberá exigir en el momento en que sea efectiva la decisión extintiva si el empresario, a consecuencia de su situación económica, no pudo ponerla a su disposición.

Cómo calcular la indemnización por despido improcedente

En el caso de un despido improcedente para calcular la indemnización hay que tener en cuenta el salario diario y la antigüedad del trabajador. Establece la ley que le corresponden 45 días por año trabajado desde que se comenzó a trabajar hasta el 12/02/2012. Con un máximo de 42 mensualidades. A partir de esa fecha, 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

El Juez de lo Social establecerá en la sentencia la opción de readmisión del trabajador en su puesto de trabajo con abono de los salarios de tramitación y la indemnización a entregarle en el supuesto de que el empresario optara por la no readmisión.

El empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá elegir entre una de estas dos opciones.

  1. La readmisión del trabajador con abono de los salarios de tramitación, que equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.
  2. Una indemnización de treinta y tres días de salario, por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.

La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

Cuando en el mencionado plazo de cinco días no se ejercite ninguna opción se entiende que opta por la readmisión del trabajador.

La denuncia por despido improcedente

Respecto a los plazos para denunciar un despido son los siguientes:

  1. El plazo para interponer la papeleta de conciliación es de 20 días hábiles desde el despido.
  2. Fijado el día de la conciliación si no se llega a acuerdo o el empresario no acude a la cita, se dispone del tiempo que reste de ese plazo de 20 días para interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social.
  3. Aun así, puede llegarse a un acuerdo justo antes del comienzo del juicio. Pero es muy importante respetar los plazos y los tiempos para que no haya fallo en los requisitos formales y se puedan perder derechos por este motivo.

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