¿Qué hace un abogado concursal?
Un abogado experto en Derecho Concursal es un profesional del ámbito jurídico mercantil pero que se especializa concretamente en la resolución de conflictos entre acreedores y deudores.
De esta manera, puede decirse que ofrece asesoramiento legal en asuntos relacionados con la financiación de deudas, con las negociaciones extra-judiciales para liquidar deudas, en concursos y preconcursos de acreedores, quiebras de empresas y en la calificación de créditos, entre otras cuestiones.
Asimismo, y aunque no es lo más común, estos abogados también pueden ejercer de administradores concursales en diferentes procedimientos.
¿Qué es el Derecho concursal?
Es una rama del Derecho Mercantil cuya finalidad es tratar de encontrar una solución a las situaciones de insolvencia económica tanto empresariales como personales. En este sentido, regula la relación entre acreedores y deudores, ya sea buscando la adopción de acuerdos o mediante los diferentes procedimientos recogidos en la normativa.
Estos procedimientos buscan solventar la situación procurando que el perjuicio de los acreedores sea el mínimo posible al mismo tiempo que se proponen soluciones de continuidad económica a los deudores, de forma que el tejido empresarial no se vea muy perjudicado y tenga que pararse la actividad por completo.
Aunque el concurso de acreedores es el instrumento más conocido, existen multitud de procedimientos concursales como el acuerdo extrajudicial de pagos o los acuerdos de refinanciación que conllevan menor dificultad y costes.
Es por eso por lo que en EC Legal estudiamos de forma aislada e individual cada caso para garantizar la solución más beneficiosa y menos gravosa para las partes.
¿Qué significa que una empresa está en concurso de acreedores?
El concurso de acreedores, también denominado situación de quiebra, es un procedimiento concursal o situación legal a la que pueden atenerse las empresas ante una situación de insolvencia, es decir, cuando ya no puede hacer frente a sus obligaciones con los acreedores.
Se puede distinguir entre concurso voluntario, si este es solicitado por el deudor, o concurso necesario o forzoso, cuando lo solicita un acreedor. La consecuencia más inmediata del concurso de acreedores es la suspensión de los cobros de deudas, de forma que se pueda garantizar que todos los acreedores tengan las mismas oportunidades de cobrar lo que se les debe.
Por su parte, la situación concursal finaliza de tres formas:
- Con el pago de la totalidad de los créditos concursales a los acreedores
- Con un convenio con los acreedores para la continuidad de la actividad económica
- Con la liquidación de la empresa que se encuentra en concurso
En EC Legal contamos con un equipo de abogados concursales con gran experiencia para abordar cualquier situación de insolvencia actual o inminente, de forma que se garantiza una atención individualizada para cada caso concreto, intentando siempre utilizar procedimientos extrajudiciales que beneficien a todas las partes.
¿Qué es un administrador concursal?
El Administrador concursal es la persona nombrada por el Juez, en el mismo auto en el que se declara el concurso de acreedores, con el objetivo de gestionar y administrar la empresa que se encuentra en situación de insolvencia.
De esta forma, sus funciones son, principalmente, comprobar que la empresa en cuestión se declara en situación concursal cumpliendo todos los requisitos normativos, así como hacer el inventario de bienes y relacionarlo con la deuda de los acreedores. Toda esta actividad se recoge en un informe que se usará como base para el acuerdo con los acreedores o para proceder a la liquidación de la empresa.
Como regla general se nombra únicamente un Administrador concursal que debe ser economista o abogado y tener mínimo 5 años de experiencia profesional, así como una formación específica en Derecho Concursal.
¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de la Segunda Oportunidad es un recurso al que pueden someterse los particulares cuando no pueden hacer frente a las deudas que han contraído. Puede decirse que es el equivalente al concurso de acreedores para personas físicas.
Para poder acogerse a este mecanismo hay que cumplir una serie de requisitos que tienen como objetivo demostrar que el deudor ha actuado siempre de mala fe pero que en ese momento está pasando por dificultades económicas reales que le impiden hacer frente a sus obligaciones.
Así, los requisitos son los siguientes:
- Que la situación de insolvencia no es dolosa o se ha producido por imprudencia grave
- Que no se ha mentido sobre el hecho de ser insolvente y que no se han ocultado documentos de relevancia para el proceso
- El particular no tiene una sentencia condenatoria por delitos socioeconómicos, patrimoniales o de falsedad documental en los 10 años anteriores
- Que se haya intentado previamente pactar un acuerdo extrajudicial
- Que se han satisfecho, o al menos intentado satisfacer, los créditos contra la masa y los privilegiados
- Que no se han exonerado judicialmente otras deudas en los diez años previos
- El particular no debe haber rechazado en los 4 años anteriores oferta de trabajo acorde a su profesión
- Se debe estar de acuerdo a ser incluido en el Registro Concursal.
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